CONCEPTOS QUE DEBES SABER PARA QUE NO VULNEREN TUS DERECHOS

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS DE LAS ILEGALIDADES DE LA NUEVA NORMALIDAD OBLIGATORIEDAD ILEGAL DE USO MASCARILLAS, DISTANCIAMIENTO SOCIAL Y OTROS DESPROPOSITOS “LOS JUECES DEBEN ESTAR SOMETIDOS AL IMPERIO DE LA LEY Y SUS LÍMITES SON EL ESTADO DE DERECHO QUE SE HA CREADO PARA DEFENDER LOS DERECHOS Y LAS LIBERTADES Y NO LOS INTERESES POLÍTICOS, PARTIDISTAS O IDEOLÓGICOS”.- TERRORISMO DE ESTADO.- El terrorismo de Estado requiere unos actores que son cooperadores necesarios para llevarlo a cabo, sin ellos sería imposible este hecho que tan sólo se puede calificar de la mayor atrocidad que se puede cometer contra los ciudadanos.- Estamos hablando en primer lugar de jueces y fiscales agrupados en asociaciones politizadas que retuercen el Estado de Derecho para implantar y aplicar leyes de rango inferior a las que defienden los Derechos Fundamentales y los conculcan hasta llevarlos a su desaparición y convertir ese Estado de Derecho en un Estado Totalitario y Policial sin garantías de ningún tipo.- Las mal llamadas “Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado”, ya que su nombre correcto debería ser “Fuerzas y Cuerpos de garantías de los Derechos de los Ciudadanos”, tal y como consta en nuestra Constitución y en todas las constituciones de todas las naciones donde impera la LEY, “las fuerzas y cuerpos de seguridad tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los Derechos y Libertades de los ciudadanos”. Pues bien, cuando estas fuerzas armadas se ponen al servicio de los políticos y desprecian su verdadera misión, cuando anteponen el acatamiento de órdenes a la defensa de la “libertades”, se convierten en el brazo armado, en la fuerza represiva, con la que se implanta el “Terrorismo de Estado”.- Los Colegios Profesionales juegan otro papel fundamental. Sólo hay dos maneras de llevar a cabo este Delito de Lesa Humanidad que es el Terrorismo de Estado; la primera, implantándolo a la fuerza; la segunda, empleando una estrategia en la cual sea necesario “pisotear” derechos y libertades por tu propio bien, para “defenderte” de una “fuerza mayor”, para proteger a toda la comunidad. Obviamente, siempre que se acude a esta segunda vía se suele recurrir a la “sanidad” por lo que la colaboración de la comunidad médica y científica es fundamental. Por ello, y desde que se implantó la “partitocracia” como sucedáneo de democracia, ésta devoró a la justicia politizando y los que implantaron este perverso sistema reconvirtieron la medicina para ponerla al servicio de las empresas farmacéuticas que son de su propiedad o de fundaciones controladas por ellos.- Por último, la connivencia internacional, ya que es inviable un sistema totalitario si no está avalado por las organizaciones que controlan el mundo. En este caso, la OMS, una organización privada como lo son todas. Eso sí, cuando se haya producido la tragedia y salga la verdad a la luz, siempre se escudarán invocando “el principio de desproporcionalidad” y entregando a la plebe unas cuantas “cabezas de turco”.- Ahora bien, si estos actores tienen una importancia vital, el detonante para provocar el Terrorismo de Estado y poder implantar un Estado Totalitario sin Derechos ni Libertades son los medios de comunicación que, desde el principio, desde que impusieron la “partitocracia” como modelo, han estado a su servicio. La fórmula para acallar a la rebeldía ha sido siempre estigmatizándola, el término “negacionista” ha dado siempre muy buen resultado.- El argumento de conculcar derechos privados para proteger derechos públicos, ética pública-ética privada, no deja de ser una aberración jurídica que denota un absoluto desprecio por la esencia del Derecho que es la defensa de los derechos Inalienables, esos que forman parte del ser humano y que nadie nos puede conculcar y que, bajo ningún concepto, nos está permitido ceder ni permitir que se nos arrebaten.- La imposición de esta “Nueva Normalidad” a base de regímenes sancionadores de leyes inconstitucionales e ilegítimas convirtiendo, con la excusa de una “emergencia sanitaria”, un Estado de Derecho en una Dictadura encubierta en una falsa legitimidad es probablemente el acto más repulsivo que un gobernante puede cometer.- Los argumentos de “obediencia debida” o la creencia de ese estado de alarma sanitaria y esa falsa legitimidad no exime de responsabilidades penales por Delitos de Lesa Humanidad ni que la historia les juzgue como cooperadores necesarios de la mayor atrocidad jamás conocida.- Por otro lado, el argumento de la asimetría por la cual si el enemigo mata nosotros podemos dañar a la población para evitar males mayores es otra excusa que se suele barajar cuando ya se han atravesado todos los límites éticos y todas las leyes Divinas y humanas.- DERECHOS INALIENABLES.- El DERECHO, con mayúsculas, se basa en la defensa de los Derechos Inalienables que portamos desde el momento de nuestra concepción y que son los siguientes:- DERECHO A LA VIDA, el hombre no puede ser privado de su vida en beneficio de otro hombre ni de ningún número de otros hombres.- Por este primer Derecho en el que se funda la LEY el argumento de conculcar derechos privados, y que incluye el sacrificar tu salud física y psíquica, en beneficio de unos derechos de toda una nación, se desmorona. No obstante, y para que no quepa la menor duda, Los Principios de Siracusa abundan aún más en este asunto cuando en su artículo 9 inciden diciendo que ningún Estado, inclusive los que no son parte en el pacto, pueden suspender o violar, ni siquiera en situaciones de excepción, el Derecho a la Vida, el derecho a no ser sometido a torturas, tratos degradantes o experimentos médicos o científicos, por lo que este punto no debería ofrecer la menor duda de su inviolabilidad.- Indiscutiblemente, el uso de mascarillas en población sana y el distanciamiento social, así como los confinamientos y toques de queda no forman parte del ámbito sanitario, ya que van contra natura, sino que forman parte de un experimento psicológico que daña irreversiblemente nuestra salud; o, dicho de otra manera, es una forma obvia de tortura y degradación de la sociedad.- DERECHO A LA LIBERTAD, el Derecho del hombre a la acción individual, a la elección individual y a la propiedad individual.- Este Derecho Inalienable desacredita todo tipo de confinamiento o limitación de movilidad, así como la desaparición de la propiedad privada, por lo que advierte que el fin último de esta estrategia que es el dominio absoluto del mundo y sus bienes va contra el Derecho Natural. El caso que ya se está viendo en Canadá que están intentando que desaparezca la propiedad privada en aras de una supuesta deuda va contra la esencia de la Ley y del Derecho.- DERECHO A LA BÚSQUEDA DE LA FELICIDAD, el Derecho del hombre a vivir para si mismo, a elegir lo que constituye su propia felicidad y a procurar conseguirla siempre que él respete ese mismo Derecho a los otros. Significa que el hombre no puede ser forzado a dedicar su vida a la felicidad de otro hombre ni a la de cualquier número de otros hombres. Significa, por tanto, que la colectividad no puede decidir cuál ha de ser el objetivo de la existencia de un hombre.- Pues bien, de estos Derechos Inalienables parte, como he dicho, el Derecho, la LEY, el conjunto de leyes y normas que deben regular nuestra existencia, y todo lo que vaya contra estos tres Derechos es ILEGÍTIMO e ILEGAL.- DERECHOS HUMANOS.- La Declaración Universal de los Derechos Humanos son un “reflejo” de los Derechos Inalienables, y son la segunda norma en jerarquía. En ellos se nos recuerda que todas las personas tienen Derecho a la Vida, a la Libertad y a la Seguridad, esa seguridad sin que la que sería imposible buscar la felicidad.- Que la esclavitud y la servidumbre están prohibidas en todas sus formas; “el hombre no puede ser forzado a dedicar su vida a la felicidad de otro hombre ni a la de cualquier número de hombres”.- Que nadie puede ser sometido a torturas ni a tratos crueles; o dicho de otra manera, nadie te puede obligar a autolesionarte respirando tu propio dióxido de carbono ni los desechos de tu propio cuerpo, nadie te puede obligar a respirar fibras, hongos y bacterias, nadie te puede obligar a no relacionarte o a guardar silencio.- Que nadie sufrirá injerencias en su vida privada, familiar, su domicilio ni tampoco atacarán su honra y reputación; “derecho a la acción individual, a la elección individual y a la propiedad individual”, derecho a nuestra integridad moral, al respeto.- Que todos tenemos derecho a circular libremente y a elegir nuestra residencia, a opinar y a expresarnos; o dicho de otra manera, que etiquetar de “negacionistas” a los que no nos dejamos conculcar nuestros derechos no deja de ser otra forma de delito, otra forma de “terrorismo”.- Es decir, que, bajando por esa pirámide jerárquica, hemos visto lo que nos dice el Derecho Natural, los Derechos Inalienables, y la Declaración de Derechos Humanos.- Y el Derecho que es un ejército de leyes y normas que protegen esta pirámide continúan cimentándola con tratados internacionales, el principal, al que ya hemos hecho referencia, “Los Principios de Siracusa, y a este le siguen “El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, “El Pacto de Derechos Económicos, sociales y culturales”, “La Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes”, “La Convención sobre los Derechos del Niño”, “La Declaración de Helsinki”, “El Principio de Consentimiento Informado”, “La Declaración Universal de Bioética de la UNESCO”, “El Pacto de San Juan de Puerto Rico”, “El Código de Nuremberg” o “La Declaración de Ginebra” que avalan la ilegalidad de todo lo que está ocurriendo con la excusa de un supuesto virus que, hoy por hoy, no ha alterado la mortandad en ningún lugar del mundo.. CENTRÁNDONOS EN ESPAÑA.- La LEY de mayor rango en España, tras los Derechos Inalienables, La Declaración Universal de Derechos Humanos y los Tratados Internacionales, es la Constitución, y ésta se de interpretar en relación a las anteriores, tal y como dice el Artículo 10.- 1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.- 2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.- Por lo que nos debemos ahora que centrar en ella que nos recuerda que la SOBERANÍA nacional reside en el PUEBLO, no en los políticos, no en los jueces, no en la Policía, EN EL PUEBLO.- Que la Constitución garantiza el principio de legalidad y jerarquía normativa; es decir, que no son los jueces los que deciden qué ley de inferior rango van a aplicar para conculcar nuestros Derechos y Libertades; que todo lo que va contra la Constitución, garante de nuestros Derechos, es ILEGAL. Que defiende la dignidad de la persona, los Derechos INVIOLABLES que le son inherentes, DERECHOS INALIENABLES, el libre desarrollo de la personalidad, etc.; es decir, que la Constitución es el ECO de todas las LEYES de superior rango y que nunca la van a poder prostituir con leyes o normas de menor rango, que está para PROTEGER NUESTROS DERECHOS.- Insiste en su artículo 15 en la vida y la integridad física, “Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”.- Y en su artículo 18 nos habla de HONOR, “1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.- 2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.- Y en el artículo 19 habla de LIBERTAD, “Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.- Asimismo, tienen derecho a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca. Este derecho no podrá ser limitado por motivos políticos o ideológicos”.- Y en el artículo 55 advierte a los “sátrapas” de las situaciones EXCEPCIONALES, “La utilización injustificada o abusiva de las facultades reconocidas en dicha ley orgánica producirá responsabilidad penal, como violación de los derechos y libertades reconocidos por las leyes” Y lo hace porque en el artículo 86 recuerda que “En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos”.- Y para los que portan uniforme, placa y pistola, les advierte en su artículo 104 que “Las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, bajo la dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana” Por lo que la Constitución, de la que no caben interpretaciones que no sean con relación a los Tratados Internacionales que, a su vez, no puede contravenir La Declaración Universal de los Derechos Humanos y los Derechos Inalienables, es la GARANTE de que esta situación que vivimos y estos actores que la están llevando a cabo están delinquiendo y que estos delitos EXECRABLES son de LESA HUMANIDAD, que no prescriben y que serán castigados.- LEYES DE MENOR RANGO.- Lo que está ocurriendo en España y en el Mundo tan sólo puede considerarse un GENOCIDIO en toda regla perpetrado a base de una TORTURA sistemática con la connivencia de los actores antes mencionados.- Para empezar, el Derecho a la Protección de la Salud, como ya hemos visto, no se puede razonar en el ataque al DERECHO INALIENABLE del que emanan todas las leyes, el DERECHO A LA VIDA, el Derecho que tiene el hombre a no ser privado de su vida en beneficio de otro hombre ni de ningún número de otros hombres. Es un concepto que hay que tener muy claro ya que yo no voy a perjudicar mi salud física o psíquica por nadie, ya que autolesionarme no va a salvar a otros. Por ello estas medidas de las mascarillas y el distanciamiento, al margen de ir contra natura, son ILEGALES y NULAS DE PLENO DERECHO.- Las Normas de Salud Pública tienen su ámbito de aplicación única y exclusivamente en hospitales y centros de SALUD PÚBLICA, ni siquiera en hospitales y centros de salud privados, y este es otro concepto que hay que tener bien claro, por lo que nunca puede ser coercitivas y mucho menos con régimen sancionador.- Por otra parte, la Ley 39|2015 de 1 de octubre del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 47 dice.- “1. Los actos de las Administraciones Públicas son nulos de pleno derecho en los casos siguientes:- a) Los que lesionen los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional.- b) Los dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del territorio.- c) Los que tengan un contenido imposible.- d) Los que sean constitutivos de infracción penal o se dicten como consecuencia de ésta.- e) Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido o de las normas que contienen las reglas esenciales para la formación de la voluntad de los órganos colegiados.- f) Los actos expresos o presuntos contrarios al ordenamiento jurídico por los que se adquieren facultades o derechos cuando se carezca de los requisitos esenciales para su adquisición.- g) Cualquier otro que se establezca expresamente en una disposición con rango de Ley.- 2. También serán nulas de pleno derecho las disposiciones administrativas que vulneren la Constitución, las leyes u otras disposiciones administrativas de rango superior, las que regulen materias reservadas a la Ley, y las que establezcan la retroactividad de disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales”.- Por último y para acabar, no se está obligado a acatar órdenes ILEGÍTIMAS y la DESOBEDIENCIA CIVIL es un DERECHO, ya que, bajo ningún concepto, podemos permitir que nos vulneren nuestras LIBERTADES. La Policía no es una autoridad, es un agente de la autoridad con muchísimas limitaciones, y los jueces están sometidos al Estado de Derecho y cuando vulneran la jerarquía de leyes o conculcan los Derechos Fundamentales de las personas DELINQUEN. Por otra parte, los jueces no pueden crear normas ni interpretar leyes atendiendo a otras de menor rango. Una orden, norma o ley de menor rango es NULA DE PLENO DERECHO y jamás puede ni tan siquiera COMPLEMENTAR otra de mayor rango.- Para finalizar, quiero recordar que hay una serie de delitos en los que están incurriendo periodistas policías y jueces tales como contra estos a los que llaman NEGACIONISTAS tales como DISCRIMINACION; INCITACION AL ODIO; INCITACION A LA VIOLENCIA;TORTURA; DELITO CONTRA LA INTEFRIDAD MORAL DE LAS PERSONAS; DELITO CONTRA LA SALUD PUBLICA, entre otros, ya que no comete un Delito contra la Salud Pública el que protege su propia salud respirando aire puro, sino el que obliga a otro a que se envenene.  Rafael Rosselló Cuervas-Mons TROTAPOKER   

Comentarios

  1. Se puede decir más alto, pero no más claro.
    No podemos dejar que éstos canallas, terminen con lo que tanto nos ha costado conseguir :UN POCO DE LIBERTAD.
    No pueden pasar, porque el futuro de nuestros hijos y nietos está en juego y es nuestro deber protegerlos como hicieron otros en el pasado.
    GRACIAS RAFAEL.
    UN ABRAZO MUY FUERTE DESDE MURCIA
    Un viejo que ha luchado toda su vida por lo que estos canallas nos quieren quitar:
    ¡¡¡VIVA LA LIBERTAD Y TODOS LOS SERES HUMANOS QUE LA DEFIENDEN!!!

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    1. Bravo!! Buenísimo, lo compartiré todo lo posible. Ya está bien de abusos al pueblo!

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  2. Hola te felicito por tu no censura previa, hablas bien y llevas razón en muchas cosas, creo que eso que dices con la ley en la mano, en un país como Expaña, no procede, no sé entonces cómo, pero en Expaña, uno de los países más ilegales del mundo vas a ir con la ley en la mano ?

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  3. Buenos días, me han puesto una multa por falta de mascarilla y le e explicado a los policías locales que todo era ilegal y bueno, todo el rollo que se le tiene que decir una y otra vez, conocéis algún documento que pueda alegar en contra de la propuesta de sanción? Gracias de antemano, un fuerte abrazo!

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    1. No, la verdad es que yo no, pero tengo varios amigos q han sido sancionados por no llevar mascarilla) incluso mi hija por saltarse el toque de queda (10 minutos) y después de 2 meses todavía no les ha llegado nada.
      Quizás puedas preguntar en la oficina del defensor del pueblo, están para ayudar al ciudadano.
      Tranquilo, va a haber un movimiento muy grande.

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