JERRARQUIA NORMATIVA

El artículo 1.2 del real decreto 24 de julio de 1889, actualizado a 4 de agosto de 2018, por el que se publica el código civil reza: “Las disposiciones que contradicen otras de rango superior, carecen de validez”. El Artículo 128.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, actualizada a 11 de septiembre de 2020, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dice: “Las disposiciones administrativas se ajustarán al orden de jerarquía que establezcan las leyes. Ninguna disposición administrativa podrá vulnerar los preceptos de otra de rango superior.” El propio principio de legalidad postula una jerarquización de las normas jurídicas y así lo declaró la Sentencia del Tribunal Constitucional 51/1983, de 14 de junio. El principio de jerarquía normativa establece que, mientras el RDL 21/2020 no sea derogado, prevalecerá sobre acuerdos, órdenes o disposiciones de las comunidades, ya que es la norma jurídica de mayor rango, y en caso de contradicción entre normas jurídicas, se aplica siempre la de mayor rango. El principio de jerarquía normativa establece la superioridad de la ley y las normas con rango de ley sobre las normas administrativas

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